El Ministerio de Trabajo y de Promoción del Empleo no ha considerado los efectos perniciosos del Decreto Supremo 001-2022-TR, norma que restringe la tercerización laboral y que solo incentiva la generación de una mayor informalidad laboral y, con ello frena el desarrollo de las micro y pequeñas empresas (mypes) formales relacionadas a esta actividad, afirmó la Comisión de Asuntos Laborales de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
“Las tercerizadoras formales son, en su mayoría, pequeñas o microempresas, que emplean a uno de cada 14 trabajadores en planilla. Con esta norma se les cierra la vía hacia el desarrollo de sus negocios, polarizando la actividad económica y el empleo hacia la gran empresa y hacia la informalidad”, remarcó.
En ese sentido, la Comisión de Asuntos Laborales del gremio empresarial exhortó al gobierno a derogar el referido decreto supremo por considerarlo abiertamente ilegal, pues modifica –y por lo tanto irrespeta– categorías establecidas por ley. Además, reiteró que es inconstitucional, dado que el decreto afecta el derecho a la libre iniciativa empresarial que garantiza la Constitución.
A ello se suma que la norma veta una serie de modalidades de contratos entre empresas, definiendo lo que pueden hacer y lo qué no. “De esta manera, el Estado y no quienes llevan a cabo las actividades productivas, será el que determine su organización”, advirtió.
Remarcó que dicha norma no ha sido evaluada en el Consejo de Ministros ni por los múltiples sectores que afecta, sino que se publicó de manera sorpresiva. El propio Ministerio de Economía y Finanzas, que la describió como inviable. “El Ministerio de Trabajo no ha escuchado a los involucrados”, anotó la Comisión de Asuntos Laborales de la CCL.
SNMPE: QUEBRARÁ PRODUCTIVIDAD DE SECTOR MINERO ENERGÉTICO
La preocupación le fue expuesta al presidente del Consejo de Ministros (PCM) Aníbal Torres por la junta directiva de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE). Durante la reunión, los directivos de la SNMPE señalaron que Trabajo ha tomado una decisión unilateral y arbitraria, que conllevaría la pérdida de miles de puestos de trabajo además de incrementar precios y costos, lo que podría generar la paralización de nuevos proyectos mineros, eléctrico y de hidrocarburos.
En la industria minera existen 2,069 empresas contratistas que se verían impactadas de manera por la decisión, que incluso perjudica a las empresas comunales que han formado las poblaciones vecinas a las unidades mineras.
Advirtieron que esta norma, aprobada a espaldas del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, va a agudizar la crisis del sector hidrocarburífero ya que “encarecería toda la cadena formal de comercialización de combustibles líquidos, gas natural y GLP, traduciéndose en mayor inflación”, citaron. La SNMPE exhortó a que el Gobierno derogue el Decreto Supremo-
ADEX TAMBIEN PIDE DEROGAR
La Asociación de Exportadores (ADEX), expresó que la tercerización alienta activamente la participación de agentes privados en la generación de empleo; que el dispositivo perjudica de forma grave a la actividad exportadora, la misma que en el 2021 generó 3 millones 760 mil puestos de trabajo directos, indirectos e inducidos, a través de cadenas de valor descentralizadas, las cuales serán muy perjudicadas; que asimismo, carece de fundamentos técnicos al prohibir, restringir y limitar la tercerización de servicios, vulnerando lo establecido en la Ley; que las medianas, pequeñas y microempresas exportadoras se verán afectadas en su competitividad puesto que no podrán usar la tercerización para concluir sus procesos productivos. En el 2021, del total de empresas exportadoras, el 92.7% fueron mipymes. Finalmente, solicita convocar al Consejo Nacional de Trabajo (CNT) a fin de que las partes involucradas lleguen a un acuerdo.
UNIÓN DE GREMIOS DEL PERÚ
La ‘Unión de Gremios del Perú’, representante de sectores como la micro y pequeña empresa, las cámaras de diversas regiones del país, la industria, el comercio, las exportaciones, el transporte, el turismo, la tecnología y los servicios, expresa que el Ministerio de Trabajo (MTC), restringe la posibilidad de que la actividad principal de un negocio, en su integridad o una parte de ella, se encargue a un tercero. La medida, lejos de beneficiar a los trabajadores, pone en riesgo decenas de miles de empleos, especialmente de la micro y pequeña empresa, que no tendrán la oportunidad de continuar en el camino de la formalización.
Las empresas recurrirán a diversas vías legales para no verse perjudicadas ni perjudicar a sus trabajadores. La norma no cuenta con la opinión de los ministerios que regulan a los sectores afectados ni fue consultado en el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE).
CPC
El Consejo Privado de Competitividad (CPC) ha advertido que esta medida está poniendo en riesgo los puestos de trabajo de más de 105 mil personas.
Este organismo señala que la definición de núcleo de negocio es amplía, sujeta a interpretaciones subjetivas. “Las consecuencias de este DS sobre la competitividad de las empresas y el empleo no han sido debidamente evaluadas, ya que se podrían afectar a sectores clave para la economía (Construcción y Minería), a más de 950 empresas de tercerización y a más de 105 mil trabajadores formales”, sostienen.
Según antecedentes recopilados por la CPC, este tipo de prohibiciones ya han tenido resultados negativos en Ecuador, Bolivia y México. En Ecuador se prohibió la tercerización en el 2008 y esto generó que 37% empresas tercerizadoras cerraran sus operaciones y el 80% de los trabajadores antes tercerizados quedaran desempleados.
“En Bolivia, la prohibición de la tercerización de tareas propias y permanentes de las empresas generó que, en el sector minero, que surgieran cooperativas de trabajadores independientes que ofrecían menores salarios y condiciones de seguridad y tecnología”, señalan.