La autoridad de Trabajo, a través de la Sunafil, tiene la obligación de verificar la real necesidad de las empresas de aplicar a sus trabajadores la modalidad de suspensión perfecta de labores, precisa para este portal el economista senior del Concejo Privado de Competitividad, Miguel Andrés Jaramillo.
“La Sunafil, en un plazo no mayor de 30 días, tiene que hacer la verificación respectiva. Ahí hay una tarea de la autoridad de trabajo para que, efectivamente, no se abuse de esta medida”.
Por ser una situación excepcional, la autoridad de Trabajo va a poner a disposición de las empresas un trámite rápido, de manera remota, a través de un aplicativo virtual
La veracidad de la información empresarial estará amparado, excepcionalmente, por una Declaración Jurada verificable en el plazo de 30 días.
“La idea de eso es tener un trámite rápido ante una situación excepcional porque las empresas, al dejar de producir, no reciben ingresos y no tienen cómo compensar sus gastos”, comenta el economista.
En opinión del economista, la modalidad de la suspensión laboral perfecta debe entenderse en el contexto que estamos viviendo.
“Atravesamos una crisis realmente sin precedentes en los últimos 30 años. Para poder sortear los efectos de esta crisis se van a tener que tomar medidas excepcionales”, dijo.
En la crisis de 1998, trajo a colación, los efectos produjeron una pérdida del 10% del empleo formal privado, unos 200 mil puestos de trabajo. Tal crisis también redujo en 32% el gasto en los hogares y la tasa de pobreza se incrementó en 13%.
“Hoy estamos hablando de una crisis sin precedentes. Los indicadores de esta crisis podrían ser peores que los de 1998 si no se toman medidas excepcionales”, reflexiona.
A su juicio, la decisión del gobierno de autorizar a las empresas el uso del dispositivo de suspensión perfecta “es acertado”.
“No es que beneficie más a la empresas. Está pensada para proteger el vínculo laboral del trabajador”.
“Está autorizado para empresas que, habiendo agotado otros esfuerzos para aliviar sus gastos en planillas, entre otros gastos, y ante la imposibilidad de operar, de producir, se le autoriza a suspender a sus trabajadores por tres meses sin compensación salarial. Lo importante es que no se pierdan los puestos de trabajo”, añade el economista.