La decisión del Ministerio de Trabajo (MTPE) de eliminar parcialmente la tercerización laboral significará un duro revés para la reactivación económica y pone en grave riesgo la sostenibilidad, competitividad y productividad del sector minero energético.
El Ministerio de Trabajo aprobó un decreto supremo que elimina la tercerización laboral en actividades de «núcleo de negocio», ¿qué implica esto?
La semana pasada el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó un decreto supremo que prohibe a las empresas tercerizar empleos en actividades del «núcleo del negocio».
Sin embargo, antes de su aprobación y publicación un informe del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) advertía que la medida era inviable para el mercado peruano. ¿A qué se debió esto?
SNMPE: IMPACTO POR SECTORES
Durante la reunión desarrollada en la sede de la PCM, los directivos de la SNMPE señalaron que a través del Decreto Supremo N° 001-2022-TR, el MTPE ha tomado una decisión unilateral y arbitraria, que conllevaría la pérdida de miles de puestos de trabajo, además de incrementar diversos precios y costos, lo que podría generar la paralización de inversiones y nuevos proyectos en los sectores minero, eléctrico y de hidrocarburos.
El gremio empresarial explicó que el referido Decreto Supremo del MTPE transgrede la Constitución Política en los principios referidos a la libertad de empresa, libertad de contratación, propiedad y seguridad jurídica, así como es contrario tanto a la Ley de Tercerización, que no establece restricciones en la materia; y al TUO de la Ley General de Minería que habilita a las empresas mineras para contratar a compañías especializadas inscritas en el Ministerio de Energía y Minas con el objeto de realizar trabajos de exploración, desarrollo y explotación.
Asimismo, detallaron que este decreto no protege a los trabajadores, atenta contra el proceso de formalización del empleo en el país y genera un grave riesgo para la continuidad de las empresas dedicadas a dar servicios de tercerización.
“Durante la pandemia del COVID-19 la fortaleza del ecosistema productivo del sector minero permitió que 1.8 millones de peruanos logren preservar sus puestos de trabajo, pero hoy con la norma emitida por el MTPE, de eminente sesgo populista, una parte importante de los mismos están en peligro de perderse”, subrayaron los representantes de la SNMPE.
En ese sentido, -detallaron- que en la industria minera existen 2.069 empresas contratistas que se verían impactadas de manera negativa por la decisión del MTPE, que incluso perjudica a las empresas comunales que han formado las poblaciones vecinas a las unidades mineras.
Asimismo, le hicieron hincapié al Premier que el DS carece de fundamentos técnicos para eliminar la tercerización de actividades en la prestación de servicios públicos, como es el caso del sector eléctrico, lo que provocará el alza de las tarifas en perjuicio de los usuarios finales.
“Las empresas de servicios públicos desarrollan la mayor parte de sus actividades operativas a través de servicios tercerizados porque este esquema genera mayor especialización y eficiencia de costos para la determinación de las tarifas”, comentaron.
Al respecto, el gremio minero energético precisó que afectar este esquema de contratación también encarecería el servicio por la pérdida de eficiencia que se originaría por la desaparición de las empresas contratistas especializadas que trabajan en simultáneo en la atención de diferentes servicios públicos, empleando para ello las mismas maquinarias, equipos y suministros para atender a los distintos sectores.
También advirtieron que esta norma, aprobada a espaldas del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, va a agudizar la crisis que afronta el sector hidrocarburífero, dado que significará una pérdida de competitividad de las empresas que operan en el país al tener que asumir el sobrecosto que implicaría la eliminación de la tercerización.
“Una medida de este tipo encarecería toda la cadena formal de comercialización de combustibles líquidos, gas natural y GLP, traduciéndose en mayor inflación”, citaron.
La Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía alertó que DS del MTPE va a incentivar la comercialización informal de combustibles líquidos y GLP que son actividades altamente reguladas en los aspectos laboral, tributario, seguridad y medio ambiente.
“Se va a producir un efecto perverso sobre los costos de las empresas que afectará la recaudación tributaria y a la vez perjudicará los montos del canon gasífero y petrolero, los cuales se definen sobre la base del impuesto a la renta y posteriormente son distribuidos a las regiones”, indicaron.
Finalmente, la directiva de la SNMPE exhortó al premier Aníbal Torres para que el Gobierno revise y derogue el Decreto Supremo N° 001-2022-TR ya que afectará la reactivación económica y el desarrollo del sector minero energético, informó Gestión
SPH: REVALUAR EL DECRETO
La Sociedad Peruana de Hidrocarburos (SPH) invocó a la Presidencia del Consejo de Ministros a reevaluar el decreto supremo emitido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que limita la tercerización laboral. Según la SPH, lejos de fomentar el empleo, la medida lo desalienta y pone en riesgo miles de puestos de trabajo y la continuidad de cientos de empresas, informó Caretas.
La SPH considera que las autoridades no han evaluado con suficiencia los impactos de esta medida, que de similar forma se aplicó en otros países de la región con consecuencias negativas para los trabajadores y la competitividad de las empresas.
“Consideramos que esta modificación regulatoria debe pasar por un proceso de reevaluación y mientras ello ocurre su aplicación debe quedar en suspenso. Creemos que, en este nuevo análisis técnico y especializado se debe promover un diálogo amplio con todos los sectores involucrados y empezar por responder si es necesario el cambio tal como se ha planteado o lo que se necesita es una mayor fiscalización como lo ha recomendado el Ministerio de Economía y Finanzas,”, dijo Felipe Cantuarias presidente de la SPH.
Ojo a la opinión del Consejo Privado de Competitividad, que estimó que se afectará de manera negativa a 950 empresas de tercerización, la mayoría medianas y pequeñas, y a más de 150,000 trabajadores formales. Esto no solo impactará al sector privado, también a las empresas públicas de electricidad, infraestructura y transporte y comunicaciones, hidrocarburos y financieras.
¿QUÉ SIGNIFICA LA TERCERIZACIÓN?
La abogada laboralista y ex viceministra de Trabajo, Beatriz Alva, señala que este decreto emitido por el MTPE es irregular pues modifica la Ley que Regula los Servicios de Tercerización (Ley Nº 29245), lo cual sería una violación el principio de la legalidad, según RPP.
«A través de un decreto supremo no puedes modificar una ley, una norma de mayor jerarquía», señaló en RPP.
La especialista señala que la medida no cumple con las regulaciones propias del Poder Ejecutivo para emitir normas, pues existe una oposición del MEF a través de un informe técnico.
Además, Alva señala que para emitir este decreto no se ha cumplido con precisar la situación por la que se da esta modificación.
«No se ha cumplido con la obligación de precisar cuáles son las circunstancias con indicadores, con data fehaciente que genera que el Ministerio de Trabajo haga esta modificación», agregó.
Alva precisa que la tercerización de servicios significa que una empresa entrega a una tercera empresa especializada alguna etapa de su proceso productivo.
«La ley de tercerización es una norma que se emite en el marco de negociaciones con el tratado de libre comercio y esta busca regular de manera especificamente la tercerización de servicios», comentó.
¿QUÉ IMPLICA EL DECRETO SUPREMO?
El decreto aprobado elimina de manera parcial la tercerización laboral, pues restringe que las empresas puedan contratar a otras para realizar labores que forman parte de su proceso de producción.
Por ejemplo la actividad minera tiene varias etapas que son su actividad principal, como exploración, desarrollo, explotación, beneficio y otras actividades. Entonces una empresa minera puede decidir solo hacer la parte de exploración y entregar a otra empresas contratistas las otras etapas del negocio.
«¿Qué cosa es lo que está buscabdo este decreto que está en vigencia y que ha dado un plazo de 150 días para la adecuación? Esas actividades las tienes que hacer tu directamente», señaló Alva.
La laboralista sostiene, con data del MTPE, que esta medida podría afectar al 7% del empleo formal, es decir, alrededor de 200 mil trabajadores a nivel nacional.
Además también se verían afectadas alrededor de 3,000 empresas contratistas.